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El fantasma del Concejo.

  • Foto del escritor: Said Jared Morales López
    Said Jared Morales López
  • 28 ago 2020
  • 3 Min. de lectura

Una vez terminada la novela, de la reanudación de las elecciones en Hidalgo que destacan los días 18 de Octubre (Jornada electoral) y el 15 de Diciembre para tomar protesta los nuevos ayuntamientos. Surge la interrogante de ¿Quién estará al frente, durante el periodo del 05 de Septiembre (Fecha en que se suponía tomarían protesta) al 15 de Diciembre? Si bien en la Constitución Política del Estado de Hidalgo y en la Ley Orgánica Municipal está presente la figura de Concejo Municipal dentro de los artículos 126 y 28, y 73 respectivamente, las preguntas aumentan y las respuestas parecen ser nulas por parte del Poder Legislativo del Estado.


Pero ¿Qué es un Concejo Municipal? Es una corporación municipal, un municipio o una municipalidad, en resumidas cuentas será un órgano colegiado integrado por ciudadanos que cumplan los requisitos de elegibilidad para los integrantes de las planillas partidarias.

¿Cómo se integrarán los Concejos Municipales? De acuerdo a la normativa antes mencionado, se conformará por un Vocal Presidente, dos Vocales Ejecutivos (en caso de más de 100 mil habitantes) con la función de los síndicos (Jurídico y Hacendario) y de cinco Vocales que asumirán las funciones de los regidores. En el primer caso con menos de 100, 000 habitantes, se encuentran 78 demarcaciones; en el segundo (Mayor) seis, por lo que deben designarse a 594 integrantes de órganos municipales.


Pero a pesar que en la normativa se tiene precedentes y en Hidalgo ya se ocupo está figura para elecciones extraordinarias en Omitlán de Juárez, hoy estamos ante un suceso histórico, ya que es para elecciones ordinarias de los 84 municipios del Estado de Hidalgo, pero no hay nada que limite su actuar, sus facultades de gestión, administrativas, salarios así como los criterios de elección y conformación, ya que no contamos con un marco normativo. Pero ¿A quién corresponde las actividades antes mencionadas? En su artículo 129, el Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo indica que corresponde a la Comisión de Gobernación analizar y dictaminar sobre el nombramiento de concejales, lo cual posteriormente debe someterse al Pleno.


Desde que se anunció la postergación de las elecciones surgió la necesidad de esta figura, pero existe desde entonces un atraso importante para su designación y capacitación de este órgano colegiado, a lo cual le podemos sumar lo dicho por el presidente de la Comisión de Gobernación del Congreso local, José Luis Espinosa Silva, señaló que la jornada de registro de candidatos para la elección del 18 de octubre retrasó en cinco días los trabajos de integración de los concejos que asumirían las administraciones de los 84 ayuntamientos de la entidad a partir del 5 de septiembre próximo.

Lo anterior, pues argumentó que Susana Ángeles Quezada, diputada de Movimiento Regeneración Nacional y miembro del cuerpo colegiado, solicitó licencia a su cargo, mientras que otro legislador (Víctor Guerrero Trejo) tenía pendientes labores partidistas con ese instituto político.


Aunque restan solo menos de dos semanas para que entren en funciones, aseguró que le dará tiempo al Congreso aprobar su designación de los Concejos desde el Pleno por los 30 diputados locales y sean capacitados por la Auditoría Superior del Estado de Hidalgo (ASEH) y el Instituto Hidalguense para el Desarrollo Municipal (INDEMUN) previo a que tomen posesión el 5 de septiembre en lugar de las autoridades electas. A la semana pasada la comisión tenía 300 solicitudes para integrar los Concejos, pero al no haber lanzado una convocatoria formal y la mayoría de las solicitudes son de figuras de segundo nombre en la arena política hidalguense, así como nuevos integrantes de las camadas de dinosaurios. Desgraciadamente todo apunto a que será un año de opacidad y discrecionalidad, ya que lo más probable que este fin de semana están cubiertas las 594 plazas para la integración de los Concejos Municipales.


 
 
 

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